Política de Trabajo Ético
- No hay trabajo forzado, obligado o en prisión involuntaria.
- Los trabajadores no están obligados a entregar "depósitos" o sus documentos de identidad con su empleador y son libres de dejar su empleador después de un aviso razonable.
- Los trabajadores, sin distinción, tienen el derecho de unirse o formar sindicatos de su elección y de negociar colectivamente.
- El empleador adopta una actitud abierta hacia las actividades de los sindicatos y sus actividades organizativas.
- Los representantes de los trabajadores no son discriminados y tienen acceso para llevar a cabo sus funciones representativas en el lugar de trabajo.
- Donde el derecho a la libertad de asociación y negociación colectiva está restringido por ley, el empleador facilita, y no obstaculiza, el desarrollo de medios paralelos para la asociación y negociación independientes y libres.
- Se proporcionará un entorno de trabajo seguro e higiénico, teniendo en cuenta el conocimiento prevaleciente de la industria y de cualquier peligro específico. Se tomarán medidas adecuadas para prevenir accidentes y lesiones a la salud que surjan, estén asociados o ocurran en el curso del trabajo, minimizando, en la medida de lo razonablemente practicable, las causas de los peligros inherentes al entorno de trabajo.
- Los trabajadores recibirán capacitación regular y registrada en salud y seguridad, y dicha capacitación se repetirá para trabajadores nuevos o reasignados.
- Se proporcionará acceso a instalaciones sanitarias limpias y agua potable, y, si corresponde, instalaciones sanitarias para el almacenamiento de alimentos.
- El alojamiento, cuando se proporcione, será limpio, seguro y satisfará las necesidades básicas de los trabajadores.
- La empresa que observe el código asignará la responsabilidad de la salud y seguridad a un representante de la alta dirección.
- No se llevará a cabo nueva contratación de trabajo infantil.
- Las empresas desarrollarán o participarán y contribuirán a políticas y programas que proporcionen la transición de cualquier niño encontrado realizando trabajo infantil para permitirle asistir y permanecer en una educación de calidad hasta que ya no sea un niño; "niño" y "trabajo infantil" se definen en los apéndices.
- Los niños y jóvenes menores de 18 años no serán empleados por la noche ni en condiciones peligrosas.
- Estas políticas y procedimientos se ajustarán a las disposiciones de las normas pertinentes de la OIT.
- Los salarios y beneficios pagados por una semana laboral estándar cumplen, como mínimo, con los estándares legales nacionales o los estándares de referencia de la industria, el que sea más alto. En cualquier caso, los salarios siempre deben ser suficientes para cubrir las necesidades básicas y proporcionar algún ingreso discrecional.
- Todos los trabajadores recibirán información por escrito y comprensible sobre sus condiciones de empleo con respecto a los salarios antes de comenzar el empleo, y sobre los detalles de sus salarios para el período de pago correspondiente cada vez que se les pague.
- No se permitirán deducciones de los salarios como medida disciplinaria, ni se permitirán deducciones de los salarios que no estén previstas por la ley nacional sin el permiso expreso del trabajador afectado. Todas las medidas disciplinarias deben registrarse.
- Las horas de trabajo deben cumplir con las leyes nacionales, los convenios colectivos y las disposiciones de los subpárrafos 6.2 a 6.6 a continuación, lo que brinde una mayor protección a los trabajadores. Los subpárrafos 6.2 a 6.6 se basan en normas laborales internacionales.
- Las horas de trabajo, excluyendo las horas extras, deben definirse por contrato y no deben exceder las 48 horas por semana.
- Todas las horas extras deben ser voluntarias. Las horas extras deben utilizarse de manera responsable, teniendo en cuenta la extensión, frecuencia y horas trabajadas por cada trabajador individual y por el conjunto de la fuerza laboral. No deben usarse para reemplazar el empleo regular. Las horas extras siempre deben compensarse a una tasa premium, que se recomienda que no sea inferior al 125% de la tasa regular de pago.
- El total de horas trabajadas en cualquier período de siete días no debe exceder las 60 horas, excepto cuando esté cubierto por la cláusula 6.5 a continuación.
- Las horas de trabajo pueden exceder las 60 horas en cualquier período de siete días solo en circunstancias excepcionales, donde se cumplan todos los siguientes requisitos:
- esto está permitido por la ley nacional;
- esto está permitido por un acuerdo colectivo negociado libremente con una organización de trabajadores que represente una parte significativa de la fuerza laboral;
- se toman medidas apropiadas para proteger la salud y seguridad de los trabajadores;
- y el empleador puede demostrar que se aplican circunstancias excepcionales, como picos de producción inesperados, accidentes o emergencias.
- Los trabajadores deben tener al menos un día de descanso en cada período de siete días o, cuando lo permita la ley nacional, dos días de descanso en cada período de 14 días.
*Las normas internacionales recomiendan la reducción progresiva de las horas normales de trabajo, cuando sea apropiado, a 40 horas por semana, sin reducción salarial para los trabajadores a medida que se reducen las horas.
No hay discriminación en la contratación, compensación, acceso a la formación, promoción, terminación o jubilación basada en raza, casta, origen nacional, religión, edad, discapacidad, género, estado civil, orientación sexual, afiliación sindical o afiliación política.
- En la medida de lo posible, el trabajo realizado debe basarse en una relación laboral reconocida establecida a través de la ley nacional y la práctica.
- Las obligaciones hacia los empleados bajo las leyes y regulaciones laborales o de seguridad social derivadas de la relación laboral regular no deben evitarse mediante el uso de contratación exclusiva de mano de obra, subcontratación o arreglos de trabajo en casa, ni a través de programas de aprendizaje donde no haya una verdadera intención de impartir habilidades o proporcionar empleo regular, ni tampoco se evitarán dichas obligaciones mediante el uso excesivo de contratos de trabajo a plazo fijo.
Se prohíbe el abuso físico o disciplinario, la amenaza de abuso físico, el acoso sexual u otro tipo de acoso y el abuso verbal u otras formas de intimidación.